martes, 29 de marzo de 2022

DIARIO JUDICIAL REGIONAL ASÍ - EDICIÓN MARTES 29 DE MARZO DEL 2022

 





Mediante Decreto Supremo N° 030-2022-PCM que Rige desde el 1° de Abril

PRORROGAN ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL HASTA EL 30 DE ABRIL 

Continúan las Restricciones y la Obligación del Uso de la Mascarilla para Circular por las Vías de Uso Público y en Lugares Cerrados.

 

A través de Decreto Supremo N° 030-2022-PCM refrendado por el Presidente de la República José Pedro Castillo Terrones y el Presidente del Consejo de Ministros Aníbal Torres Vásquez, el gobierno peruano prorrogó hasta el 30 de abril el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID y estableció nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, y modifica el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM.

Entre los considerandos para la emisión del presente Decreto Supremo, se ha considerado, que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú establecen que todos tienen derecho a la protección de su salud, del medio familiar y de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizada para facilitar a todos, el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, el artículo 44 de la Constitución prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, los artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud de la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo al principio de equidad, siendo posible establecer limitaciones al ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio, al libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así como al ejercicio del derecho de reunión en resguardo de la salud pública;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos N°s 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA, 025-2021-SA y 003-2022-SA, hasta el 28 de agosto de 2022;

Que, por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y dos (32) días calendario, quedando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú, hasta el 31 de marzo de 2022;

Asimismo, que, considerando el contexto actual, resulta necesario prorrogar el Estado de Emergencia Nacional y modificar algunas disposiciones con el fin de proteger los derechos fundamentales a la vida y a la salud de los/as peruanos/as;

de conformidad con lo establecido en los numerales 4 y 14 del artículo 118 y el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y;

 

PRORROGA DEL ESTADO DE EMERGENCIA

Por lo que, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; se Decreta en el Artículo 1° del mencionado Decreto Supremo dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil veintidós.- Prórroga del Estado de Emergencia Nacional: Prorróguese el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del 1 de abril de 2022, por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID.

Se estipula además, que durante el Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.

 

RESTRICCIONES Y OBLIGACIÓN DEL USO DE MASCARILLAS

Artículo 2.- Modificación del artículo 4 del Decreto Supremo N° 016-2022-PCM. Modificase el artículo 4 del Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, con el siguiente texto: “Artículo 4.- Restricciones al ejercicio de derechos. 4.1 Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.

4.2 Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID, están impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; sin perjuicio de ello, las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad y estén debidamente registradas en los padrones de los programas sociales, así como, de los subsidios monetarios, entre otros, siguen siendo beneficiarias de cualquier programa estatal de apoyo económico, incentivos, alimentario y sanitario, recibiendo las prestaciones que les corresponda.

4.3 Los trabajadores del sector salud deben contar con las tres (3) dosis de vacunación contra la COVID para cumplir labores de manera presencial en su centro de trabajo, debido al alto riesgo de contagio y propagación de las variantes de la COVID.

 

Al Cerrarse el Plazo dado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales 

MOVIMIENTOS REGIONALES LA FAMILIA, FUERZA REGIONAL Y LA CHOLITA REGISTRARON DELEGADOS ANTE LA ONPE

Elegirán de Manera Indirecta a sus Candidatos para las Próximas Elecciones al Gobierno Regional y Municipios Provinciales y Distritales.

 

Los movimientos regionales Concertación para el Desarrollo Regional – Lima (La Familia), Fuerza Regional y el Movimiento Regional Unidad Cívica Lima (La Cholita), en Lima Provincias inscribieron a sus aspirantes a delegados y delegadas ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), los mismos que tendrán la misión de elegir de manera indirecta a sus candidatos para las próximas elecciones subnacionales, decidiendo en las urnas que candidatos tentarán la conducción de los gobiernos regionales y municipales en sus respectivas organizaciones políticas.

Como se conoce, la modalidad de elección indirecta de candidatas y candidatos implica que el 15 de mayo los afiliados y afiliadas de cada una de estas organizaciones políticas elegirán mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto a sus respectivos delegados y delegadas, los mismos que, una semana después, el 22 de mayo, decidirán en las urnas quienes serán las candidatas y los candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del 2 de octubre de 2022.

Según informó la ONPE, estos movimientos regionales de la región Lima cumplieron con todos los requisitos y documentación solicitada por este organismo y sus delegados inscritos quedaron aptos para participar en primer término en la votación de sus afiliados y de ser ratificados decidir quiénes serán los candidatos de sus movimientos regionales.

En total, fueron 10 partidos políticos y 88 movimientos regionales los que estuvieron obligados a inscribir a sus candidatas y candidatos a delegadas y delegados y tuvieron como plazo máximo el sábado 26 de marzo.

El proceso de inscripción contó con el apoyo del personal de la ONPE en las Oficinas Regionales de Coordinación y los Puntos Focales (oficinas temporales) donde brindaron la orientación respectiva a las organizaciones políticas.

Según el Reglamento de las Elecciones Internas (Resolución Jefatural N.° 001639-2021-JN/ONPE), las candidaturas para ser delegada o delegado deben presentarse mediante listas cerradas y bloqueadas o por candidaturas nominales, precisándose el ámbito nacional o regional, según el cual afiliadas y afiliados deben elegirlos. Los requisitos para obtener la condición de delegada o delegado y el número de delegaturas permitidas son determinados por la organización política.

Asimismo, las candidaturas nominales o por listas cerradas y bloqueadas para la elección de delegadas y delegados deben ser identificadas con un número, iniciando por el 1. El presidente del Órgano Electoral Central - OEC de la organización política es el único responsable de informar sobre las candidaturas inscritas y el ámbito donde competirán.

 

Presidente Osman Sandoval Quesada lo Juramentó Vía Google Meet

EDINSON SALCEDO ZEVALLOS ASUMIÓ COMO JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUARAL

En Procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad

 

El Dr. Osman Ernesto Sandoval Quesada, presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, juramentó al abogado Edinson Daniel Salcedo Zevallos, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal Unipersonal – Procesos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad de Huaral de la Corte Superior de Justicia de Huaura.

La juramentación se realizó a través del aplicativo virtual Google Meet en el despacho de la Presidencia, a las 8 de la mañana.

El abogado Edinson Salcedo, asumió el importante cargo designado mediante Resolución Administrativa N° 000201-2022-P-CSJHA-PJ, de fecha 23 de marzo del 2022.

 

Docentes Recibieron con Algarabía a Estudiantes

ALUMNOS DEL COLEGIO LUIS FABIO XAMMAR TUVIERON UN BUEN RETORNO A CLASES 2022

 

Docentes y alumnos de la Institución Educativa Luis Fabio Xammar Jurado recibieron en un ambiente festivo y con algarabía el Buen Retorno a Clases 2022, destacándose el buen trabajo realizado por los encargados de las infraestructuras educativas, notándose aulas y servicios higiénicos en buen estado y totalmente saludables.

La Directora Mag. Ana Talavera Valdivia, dio la más cordial bienvenida a toda la comunidad estudiantil del Emblemático Colegio, y, en calidad de Presidenta del Comité de Gestión de Condiciones Operativas, felicitó a todo el Comité, así como a los coordinadores de tutoría del primer y segundo turno, a los docentes de las diversas áreas del nivel primario y secundario y al personal de servicio y mantenimiento, por el gran trabajo desplegado con la finalidad de tener un inicio satisfactorio del año escolar 2022.

Cabe precisar, que en este primer día de clases se contó con la presencia de la Directora de la UGEL N° 9 de Huaura, Lic. María Saravia, quién visitó la emblemática institución educativa para consolidar el buen retorno de los estudiantes a las aulas xammarinas, verificando el cumplimiento de todos los protocolos de bioseguridad.

 

A Través de Comunicado N° 0003-2022

DRELP ALERTA TENER CUIDADO CON SUPUESTO TRAMITADOR LLAMADO GENERAL PATERSON

 

La Dirección Regional de Educación de Lima Provincias pone en conocimiento a todas las Comunidades educativas de las nueve (09) provincias de la región Lima, lo siguiente: Que tomando referencia a las necesidades de infraestructura que tienen las diferentes instituciones educativas de la región Lima, personas inescrupulosas vienen sorprendiendo a los directores de las I.E. solicitando cierta cantidad de dinero para realizar la entrega de módulos educativos y/o donaciones.

“General Paterson”, es el seudónimo utilizado con el que se denomina la persona que se comunica vía telefónica y Whatsap con los directores de las instituciones educativas y se hace pasar como el tramitador, solicitando el depósito de dinero para solventar gastos de combustible, movilidad y personal para el traslado de módulos.

Es así, que la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias, desvincula cualquier tipo de coordinación o vinculación con este personaje “General Paterson”, que viene aprovechándose de la confianza otorgada por los directores de centros educativos, que lo único que buscan es el bienestar de su institución y la de sus estudiantes.

Finalmente, habiendo tomado conocimiento se esta modalidad de estafa en el sector educativo de la región Lima, recalcamos que todo tramite o información que se solicite, sea netamente coordinado con sus directores de UGEL y/o DRELP.

Santa María, 23 de marzo, 2022. Atentamente,

La Dirección.

 

Realizada por Muni Provincial y Hospital Regional

RECICLADORES FORMALIZADOS DE HUACHO PARTICIPAN EN CAMPAÑA DE VACUNACIÓN

 

En el marco del Programa de Inclusión Socio Ambiental, la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos y la Unidad Ejecutora 003 GICA MINAM, priorizaron el bienestar y la salud de los recicladores formalizados, gestionando, a través de la entidad municipal, la ejecución de la Campaña de Vacunación contra el Tétano, Hepatitis y COVID.

La jornada de salud se realizó gracias apoyo del personal de salud del Hospital Regional de Huacho y contó con la participación activa de alrededor de 48 recicladores correspondientes a ocho asociaciones de recicladores.

Se debe destacar que la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos ha realizado la entrega de los registros municipales a las asociaciones y está capacitando a sus integrantes, además de continuar con el empadronamiento a la ciudadanía para su participación en el Programa de Segregación en la Fuente.

Recuerda que al separar tus residuos y entregándolos a los recicladores formales, dignificas su trabajo y contribuyes con el cuidado del ambiente.

 

Para ser Incluidos en Programa de Compensación

PESCADORES ARTESANALES AFECTADOS POR DERRAME DE PETRÓLEO COORDINAN ACCIONES CON ALCALDE PROVINCIAL

 

El alcalde provincial Hugo Echegaray Virú, participó de una reunión de coordinación con la Asociación de Pescadores Artesanales del Puerto de Huacho. Los hombres de mar se dieron cita en el auditorio de la Municipalidad Provincial para solicitar ser incluidos en el programa de compensación económica propuesto por el Gobierno Nacional y la empresa REPSOL, luego del derrame de petróleo suscitado en el litoral peruano.

Si bien es cierto, el litoral huachano no se vio afectado por el hidrocarburo, los pescadores sí se vieron perjudicados económicamente al producirse el retiro temporal de algunas especies y la baja venta de sus productos.

El alcalde provincial manifestó que se espera el informe de OEFA para presentar la documentación respectiva y con sustento, a fin de buscar el beneficio de los pescadores.

De la cita participaron los regidores Helber Calderón de los Ríos y Paul Palacios Melendez; el gerente municipal Enrique Nicho Salinas, la gerenta de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental Deisy Espinal y el subgerente de Desarrollo Productivo William Ñaupari.

 


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