miércoles, 24 de octubre de 2018

DIARIO JUDICIAL REGIONAL ASÍ - EDICIÓN JUEVES 25 DE OCTUBRE DEL 2018










Beneficiando al Cono Sur y Alumnos de I.E. San José de Manzanares
CORTE DE HUAURA PARTICIPÓ EN FERIA VOCACIONAL BARRIO SEGURO EN MANZANARES
Promoviendo Acceso a la Justicia a Personas en Condición Vulnerable.

Comprometidos con la Seguridad Ciudadana, la Corte Superior de Justicia de Huaura mediante su programa Justicia en tu Comunidad, participó en la FERIA VOCACIONAL, realizada el viernes 19 de octubre a partir de las 9:00 a.m. en el sector de Manzanares a través del Programa Barrio Seguro y la Gerencia de Desarrollo Humano de la comuna provincial.
La Atención a las Personas con Discapacidad, Adulto Mayor, Violencia Familiar y Escolar, prevención en Consumo de Drogas, Embarazo Precoz, entre otros temas, fueron abordados por el equipo de trabajo del programa Justicia en tu Comunidad.
A los pobladores, se les hizo entrega de un cuadernillo que contiene las 100 reglas de Brasilia, donde se recomienda priorizar actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la justicia de aquellas personas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad, ya sea por la concurrencia de varias  causas o por la gran incidencia de una de ellas.
A los escolares de la I.E.E. San José de Manzanares, que iniciaban sus olimpiadas San Josefinas, les entregó lapiceros y cuadernos. Los profesores, personal administrativo y de la dirección, recibieron los cuadernillos de las 100 Reglas de Brasilia para que en sus clases enseñen a los alumnos la importancia de promover el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.
El Lic. Jonnhy Fernández Ramírez en representación de la Corte Superior de Justicia de Huaura, fue invitado a juramentar a los deportistas e inauguró las olimpiadas San Josefinas.
Participaron diferentes instituciones del estado quienes articularon esfuerzos mediante sus diferentes programas sociales, beneficiando con charlas y talleres preventivos a los niños, jóvenes y la población.

Para Garantizar la Segunda Elección Regional y el Referéndum Nacional
JÓVENES QUE CUMPLAN 18 AÑOS HASTA EL 9 DE DICIEMBRE TAMBIÉN SERÁN ELEGIDOS MIEMBROS DE MESA
Sorteo será Realizado por la ONPE el próximo Viernes 26 de Octubre.

Un total de 3 mil 604 mesas de sufragio serán habilitadas para garantizar las votaciones de los ciudadanos residentes en el extranjero y aquellos jóvenes que cumplan mayoría de edad hasta el mismo día del referéndum, es decir, el próximo 09 de diciembre, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Con miras a esta consulta popular, el organismo electoral seleccionó a los 25 ciudadanos por cada nueva mesa de sufragio, dando prioridad a los de mayor grado de instrucción académica, quienes participarán posteriormente del sorteo para definir a la totalidad de miembros de mesa del referéndum nacional.

SÓRTEO SERÁ EL VIERNES 26
Es importante recordar que para la Segunda Elección Regional y Referéndum Nacional se mantendrán a los mismos miembros de mesa designados en la primera vuelta de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y, asimismo, serán incorporados los ciudadanos que resulten elegidos en el sorteo del próximo 26 de octubre.
El jefe de la ONPE, Manuel Cox, señaló que en base a los 25 ciudadanos seleccionados previamente, se sorteará a 21 mil 624 miembros de mesa, entre titulares y suplentes, quienes también tendrán la gran responsabilidad de asegurar que las votaciones reflejen la voluntad genuina de los peruanos en las urnas.
Después del sorteo de miembros de mesa, se procederá a la publicación provisional de los mismos para la presentación de tachas, recurso que pretende evitar dicha responsabilidad por presentar algunas incompatibilidades con la norma electoral establecida.
De acuerdo al artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones, se excluirán del proceso a los personeros de los partidos políticos y alianzas electorales, empleados de los organismos electorales, así como a las autoridades políticas y los miembros de concejos municipales, integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, entre otros.
Tras resolverse las impugnaciones, la ONPE habilitará nuevamente un módulo de consulta a través de www.onpe.gob.pe a fin de que los electores que residen fuera del país y, aquellas personas que cumplan 18 años hasta la fecha mencionada, puedan verificar si fueron seleccionados como miembros de mesa para la jornada electoral del domingo 09 de diciembre.
El referéndum nacional será usado para consultar a más de 24 millones de peruanos sobre la aprobación de cuatro reformas constitucionales planteadas por el Ejecutivo: la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia, la regulación del financiamiento de organizaciones políticas, la no reelección inmediata de parlamentarios y el retorno a la bicameralidad del Congreso de la República.
Para ello, funcionarán alrededor de 5 mil 398 locales de votación, donde serán habilitadas 84 mil 559 mesas de sufragio dentro y fuera del territorio nacional.
Datos:
De acuerdo al padrón electoral emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), 906 mil 791 compatriotas que habitan en el extranjero y 92 mil 055 jóvenes que cumplan 18 años hasta el 09 de diciembre, participarán del referéndum.
La ONPE señaló que para aquellos electores se habilitarán 468 mesas de sufragio a nivel nacional y 3 mil 136 en el extranjero.

Se Computará desde la Fecha de su Ubicación y Captura
SALA PENAL DE APELACIONES RATIFICA CINCO MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA ELGAR MARREROS

A través de Resolución N° 04 de fecha 24-10-2018 la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura corrigió la Resolución N° 03 del 19 -10-2018 y ratificó la resolución N° 24 de fecha 12 de setiembre del 2018 emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Barranca, que resuelve declarar fundado el pedido fiscal de cinco meses de prisión preventiva para el aún alcalde de la provincia de Barranca, José Elgar Marreros Saucedo.
De esta manera por mayoría la sala penal integrada por los magistrados Carlos Gómez Arguedas, Mercedes Caballero García y Walter Sánchez Sánchez, resolvieron por mayoría: “Confirmar la resolución N° 24 de fecha 12 de setiembre del 2018 que resuelve Declarar Fundado en parte el requerimiento de prisión preventiva formulado por el representante del Ministerio Público, La que debe entenderse como Variación del Mandato de Comparecencia con Restricciones por la Medida de Prisión Preventiva contra el imputado José Elgar Marreros Saucedo por el delito contra la Administración Pública en la modalidad de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo y por el delito de Destrucción u Ocultamiento de Documentos, en agravio del Estado (Municipalidad Provincial de Barranca); por el plazo de Cinco Meses, debe computarse desde la fecha de su Ubicación y Captura. Con lo demás que contiene”.
De esta manera, se ordenó a los efectivos de la policía judicial la búsqueda y captura de Elgar Marreros, quien de ser capturado será internado en el establecimiento penitenciario de Carquin.

Policía Investiga Causa de Trágica Muerte
HALLAN CADÁVER DE ANCIANO EN CANAL DE REGADÍO EN CHANCAY

LAMENTABLE. Aún no se han esclarecido la causa de su fallecimiento. Agricultores logran hallar cuerpo inerte de un hombre de aproximadamente 56 años, en un canal de regadío ubicado en el sector de Cerro La Culebra, distrito de Chancay, provincia de Huaral. Policía presume que se habría tratado de muerte natural, aunque no se descarta el crimen.
Este hecho se registró a tempranas horas del día, luego que hombres de campo que se dirigían a cumplir con su faena diaria, se topen con una ingrata escena al ver como un cuerpo yacía flotando entre las aguas de un canal de regadío, encontrándose en posición de cúbito ventral, por lo cual dieron el aviso de inmediato a las autoridades pertinentes.
Al lugar se hicieron presentes, personal de Serenazgo, así como efectivos de la PNP, los cuales pudieron dar cuenta que la víctima vestía una casaca azul y pantalón de vestir color negro. De igual forma, afirmaron que la víctima no presentaba a rasgos claros, ningún signo de violencia, y que no contaba con ningún documento que certifique su identidad.
También se hizo presente, un representante del Ministerio Público para que de la orden del levantamiento de cadáver y su posterior internamiento en la morgue del Hospital de Chancay, al cual llegó como NN y se espera que en las próximas horas se pueda conocer de quien se trata y así dar el aviso respectivo a sus familiares.
La Policía viene investigando las causas de su deceso, aunque se presume que se habría tratado de una muerte natural, a causa de un paro cardiaco o algún mareo que haya provocado que caiga a dicho canal de regadío, aunque tampoco se descarta que se trate de un crimen, por lo que aún se encuentra en proceso de indagaciones. Hermosilla Díaz, Jean Paul.

En el Centro Poblado Vinto Alto de Barranca
POLICÍA RECUPERA MOTOTAXI ROBADA Y CAPTURA A RECEPTADORES

LOABLE. Gracias a una rápida y eficaz labor de la PNP. Efectivos logran recuperar mototaxi que había sido reportada como robada y captura a dos presuntos receptadores, al interior de inmueble ubicado en el centro poblado Vinto Alto, distrito y provincia de Barranca, región Lima. Detenidos habrían comprado vehículo a pesar de ser hurtado.
Efectivos de la comisaría de Barranca, al notar la circulación sospechosa de la mototaxi de placa 1900-5F, que figuraba como robada en el registro policial la siguieron sigilosamente y cuando ingresó al interior del inmueble sito en Av. Juan Velasco Lote 20 del referido centro poblado, procedieron a allanar el predio.
Al interior de la vivienda lograron hallar la unidad en mención y detuvieron a las personas de Ericquel Rodríguez Vidal (21) y Ever Rodríguez Vidal, los cuales afirmaron en todo momento que habrían comprado el vehículo a una persona que se los ofreció a un buen precio, pero que no se imaginaron que fuera robado.
Cabe mencionar que este vehículo registra requisitoria por Hurto de Vehículo, por lo cual ambos detenidos fueron trasladados hasta la comisaría de Barranca, donde serán puestos a disposición de la Fiscalía por el Delito Contra el Patrimonio, bajo la modalidad de Receptación, quedando detenidos en la carceleta de esta dependencia para las diligencias correspondientes. Hermosilla Díaz, Jean Paul.

A la altura del km. 177, en las Lomas de Lachay.
TRÁILER PRENDE EN LLAMAS Y CHOFER Y COPILOTO SALVAN DE MORIR CALCINADOS

DE MILAGRO. Pudo haberse originado una tragedia. Chofer y ayudante salvan de morir calcinados luego que tráiler en el que iban a bordo terminó por incendiarse, a la altura del kilómetro 177 de la carretera panamericana norte, cerca a las Lomas de Lachay. Siniestro se habría provocado por un aparente cortocircuito en la unidad.
Transportistas que pasaban por la zona al promediar las 8 de la noche del martes, fueron los que se dieron cuenta de una humareda que salía del tráiler que transportaba productos alimenticios y se estaba incendiando por lo que dieron aviso a los bomberos para que puedan constituirse al lugar mientras que rescataban al chofer y a su copiloto del interior del pesado vehículo y con extintores trataron de aplacar el fuego, sin éxito alguno.
Finalmente, las compañías de Bomberos de Huaral y Huacho, llegaron al lugar y controlaron el fuego tras más de media hora de ardua labor. Afortunadamente el chofer y ayudante salieron ilesos, pero sí se reportó grandes daños materiales, inclusive la unidad quedó inservible al terminar en un amasijo de fierros quemados. Hermosilla Díaz, Jean Paul.

ALCALDE GILMAR SOLORZANO Y FUNCIONARIOS SERÍAN DENUNCIADOS POR COLUSIÓN
Por convocar irregularmente a proceso de selección 5 obras que piensa ejecutar en los 2 meses que le restan como autoridad edil del distrito de Huaura.

Al tomar conocimiento que el actual alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, Gilmar SolorzanoBayona, ha convocado a Proceso de Selección de cinco obras para el distrito de Huaura y señalando, que su equipo técnico ha detectado serias irregularidades el alcalde electo para el periodo 2019-2022, Jacinto Eulogio Romero Trujillo, a través de documento extenso detallando las observaciones, le pide suspender dichas convocatorias hasta que se subsanen y se hagan las correcciones necesarias, en caso contrario señala que lo denunciará penalmente por delito de colusión. En esta edición, les damos a conocer el pedido completo:
Huaura, 23 de octubre del 2018

Señor.
GILMAR SOLORZANO BAYONA
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA

Presente.-
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de saludarlo y manifestarle lo siguiente:
He tomado conocimiento que ha convocado a Proceso de Selección de cinco obras para el distrito de Huaura tres de ellas corresponden a Reparación de canales de Riego, una referida a Pistas y Veredas y otra referida al Complejo deportivo.
Mi equipo técnico ha evaluado los cinco expedientes administrativos que son la Base para el Proceso de Selección y ha detectado serias irregularidades que son indicios que graficarían el direccionamiento de la obra y que son insubsanables como la reducción del plazo de la obra, a pesar que en el sustento del expediente técnico refiere su ejecución en dos meses y para el proceso la reducen a un mes, lo cual técnicamente es imposible de cumplir su ejecución en ese tiempo; solicitan constancia de visita del terreno, cuando la OSCE ya ha proscrito este requisito; el valor superior de la obra excede el 10% permitido por Ley; inconsistencia en la programación del trabajo que no ha sido corregida por el Area Usuaria y los integrantes del Comité de Selección no cumplen los requisitos que se pide para ser parte del Comité, como por ejemplo dos de ellos tienen que tener conocimiento de la obra que se va a ejecutar y uno de ellos debe estar certificado en la OSCE. (titular y suplente).
Más aun todos estos Procedimientos de Selección convocados actualmente y sin conocimientos de la población y el CCL ; y habiendo organizado un Cabildo Abierto no se dio a conocer a la población en general su proceder sobre estos proyectos.
Ahora bien, corresponde señalar que cuando se advierta el incumplimiento de la normativa de contrataciones del Estado durante la tramitación del procedimiento de selección, el artículo 44 de la Ley faculta al Titular de la Entidad a declarar la nulidad de oficio de los actos del procedimiento de selección solo hasta antes del perfeccionamiento del contrato, siempre que: (i) hayan sido dictados por órgano incompetente; (ii) contravengan las normas legales; (iii) contengan un imposible jurídico; o (iv) prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable. Así, en la Resolución que se expida para declarar la nulidad de oficio debe indicarse la etapa a la que se retrotraerá el procedimiento de selección.

Como se aprecia, la normativa de contrataciones del Estado otorga al Titular de la Entidad la potestad de declarar la nulidad de oficio de un procedimiento de selección  hasta antes de la celebración del contrato, cuando se configure alguna de las causales antes detalladas; así, la normativa de contrataciones del Estado dispone que el Titular de la Entidad, en la resolución que expida para declarar la nulidad, debe cumplir con precisar la etapa hasta la cual se retrotraerá el procedimiento.
En consecuencia, la declaración de la nulidad trae como consecuencia la inexistencia de los actos dictados de forma ilegal desde su origen, por lo que los actos nulos son incapaces de producir efectos.
En dicha medida, la declaración de nulidad en el marco de un procedimiento de selección no solo determina la inexistencia del acto realizado incumpliendo los requisitos y/o formalidades previstos por la normativa de contrataciones del Estado, sino también la inexistencia de los actos y etapas posteriores a éste.
De esta manera, la nulidad constituye una herramienta que permite al Titular de la Entidad sanear el procedimiento de selección cuando, durante su tramitación, se ha verificado algún incumplimiento de la normativa de contrataciones del Estado que determina la invalidez del acto realizado y de los actos y/o etapas posteriores a éste, permitiéndole revertir el incumplimiento y continuar válidamente con la tramitación del procedimiento de selección.
Debo entender que usted no ha tomado conocimiento de todas estas irregularidades existentes en los procesos de selección convocados y que configurarían claramente el delito de Colusion penado en nuestro ordenamiento legal; por lo cual es su facultad declarar de manera inmediata su nulidad y volverla a convocar con las correcciones tanto en las Bases Adminsitrativas como en el Requerimiento de la Obra.
Para el análisis ha detalle discrimino las observaciones halladas de la manera siguiente:
OBRA.EJECUCION DE OBRA DEL PIP CREACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LOS PASAJES ROSARIO SUR Y SAN FRANCISCO DEL DISTRITO DE HUAURA, PROVINCIA DE HUAURA, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Proceso de Selección: AS-SM.8-2018-CS/MDH-1
Monto: 241,722.19 Soles.
Código Único de Inversión: 2375123
-         Se debe tomar en cuenta  en el presente Proceso la demasiada rapidez  con que se aprueba el Expediente Técnico y el Expediente de Contratación.
-         El precio del valor referencial supera el límite superior del 10% especificado en el Reglamento de  la Ley de Contrataciones del Estado ya que el segundo decimal no se puede redondear.
-         El plazo de Ejecución de la Obra es de 30 días, siendo imposible la Ejecución de la misma porque hay incoherencias en el párrafo de otras NORMAS PARA  LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS que el Contratista tiene Quince días en letras y 10 (diez) días en números que no se puede observar con claridad el tiempo o plazo para su instalación en la Obra.
-         Podemos observar que dentro del programa de Trabajos se establece lo mismo antes mencionado en letras  Quince días  y 07 días en Número. Motivo por el cual se observa  el plazo de Ejecución del Proyecto.
-         No se puede entender que dentro de las metas del Proyecto se establece el Mejoramiento de Infraestructura de Riego según los metrados del ITEM VII, en la cual se debe de tomar en cuenta que este Proyecto es la Construcción o creación  del Servicio de Transitabilidad Vehicular y Peatonal
-         Del Comité Especial de Selección podemos observar que dentro de la Ley , Reglamento de la Ley de Contrataciones dispone que los integrantes del Comité deben estar integrados por personas con conocimientos en la Ejecución del Proyecto, salvo el personal Logístico; y los suplentes deben tener el mismo conocimiento u profesión, en este caso se debe mencionar que el Señor NIBARDO ROJAS SOLIS, que forma parte del Comité en su calidad de Suplente es Contador y no un ingeniero Civil como lo es el Titular Andrés Jerónimo Tapia Enrique.
-         No puede ser posible que su Resumen Ejecutivo señala la Contratación de un Ingeniero Supervisor por un periodo de 03 (Tres) Meses y en la misma se contradice que el término de su Ejecución de la Obra será en un plazo de 02 (Dos) Meses tal como lo señala la Ficha Técnica y para concluir las Bases del presente proceso señala que el Proyecto será ejecutado en Treinta (30)días.
-         En el plantel de Ingenieros solicitado  es un Ingeniero Civil , luego lo cambian por un Ingeniero de Transporte para la calificación del personal Clave.
OBRA.EJECUCION DE OBRA DEL PIP CREACION DEL SERVICIO MUNICIPAL  FREDDY PACHERRES DAMIAN EN LA CIUDAD DE HUAURA DISTRITO DE HUAURA, PROVINCIA DE HUAURA, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Proceso de Selección: AS-SM.7-2018-CS/MDH-1
Monto: 432,200.00
Código Único de Inversión: 2428569
-         Se debe tomar en cuenta  en el presente Proceso la demasiada rapidez  con que se aprueba el Expediente Técnico y el Expediente de Contratación.
-         El plazo de Ejecución de la Obra es de 30 días, siendo imposible la Ejecución de la misma porque hay incoherencias en el párrafo de otras NORMAS PARA  LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS que el Contratista tiene Quince días en letras y 10 (diez) días en números que no se puede observar con claridad el tiempo o plazo para su instalación en la Obra.
-         Podemos observar que dentro del programa de Trabajos se establece lo mismo antes mencionado en letras  Quince días  y 07 días en Número. Motivo por el cual se observa  el plazo de Ejecución del Proyecto.
-         No se puede entender que dentro de las metas del Proyecto se establece el Mejoramiento de Infraestructura de Riego según los metrados del ITEM VII, en la cual se debe de tomar en cuenta que este Proyecto es la Construcción de un Campo Deportivo que no tiene nada que ver con infraestructura de riego.
-         Del Comité Especial de Selección podemos observar que dentro de la Ley , Reglamento de la Ley de Contrataciones dispone que los integrantes del Comité deben estar integrados por personas con conocimientos en la Ejecución del Proyecto, salvo el personal Logístico; y los suplentes deben tener el mismo conocimiento u profesión, en este caso se debe mencionar que el Señor NIBARDO ROJAS SOLIS, que forma parte del Comité en su calidad de Suplente es Contador y no un ingeniero como lo es el Titular Andrés Jerónimo Tapia Enrique.
-         No puede ser posible que su Resumen Ejecutivo señala la Contratación de un Ingeniero Supervisor por un periodo de 03 (Tres) Meses y en la misma se contradice que el término de su Ejecución de la Obra será en un plazo de 02 (Dos) Meses tal como lo señala la Ficha Técnica.
OBRA.EJECUCION DE OBRA DEL PIP DE EMERGENCIA REPARACION DE CANAL DE RIEGO EN EL SECTOR N° 02 ENTERE LAS PROGRESIVAS (0-000-0-264.66) DEL CENTRO POBLADO DE MONGUETE, DISTRITO DE HUAURA, PROVINCIA DE HUAURA, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Proceso de Selección: PEC PROC-3-2018-CS/MDH-1
Monto: 168,649.18
Código Único de Inversión: 2423259
-         Se debe tomar en cuenta  en el presente Proceso la demasiada rapidez  con que se aprueba el Expediente Técnico y el Expediente de Contratación.
-         El plazo de Ejecución de la Obra es de 30 días, siendo imposible la Ejecución de la misma porque hay incoherencias en el párrafo de otras NORMAS PARA  LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS que el Contratista tiene Quince días en letras y 10 (diez) días en números que no se puede observar con claridad el tiempo o plazo para su instalación en la Obra.
-         Podemos observar que dentro del programa de Trabajos se establece lo mismo antes mencionado en letras  Quince días  y 07 días en Número. Motivo por el cual se observa  el plazo de Ejecución del Proyecto.
-         Se observa que no se ha respetado el límite inferior del Valor Referencial, ya que no cumple con el porcentaje establecido dentro de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado.
-         En el perfil de Ingenieros se solicita un Ingeniero Topógrafo y Agrimesor que no tiene nada que ver con lo solicitado en el Expediente Técnico.
-          Del Comité Especial de Selección podemos observar que dentro de la Ley , Reglamento de la Ley de Contrataciones dispone que los integrantes del Comité deben estar integrados por personas con conocimientos en la Ejecución del Proyecto, salvo el personal Logístico; y los suplentes deben tener el mismo conocimiento u profesión, en este caso se debe mencionar que el Señor NIBARDO ROJAS SOLIS, que forma parte del Comité en su calidad de Suplente es Contador y no un ingeniero como lo es el Titular Andrés Jerónimo Tapia Enrique.
OBRA.EJECUCION DE OBRA DEL PIP DE EMERGENCIA REPARACION DE CANAL DE RIEGO EN EL SECTOR N° 01 ENTERE LAS PROGRESIVAS (0-000-0-142.63) DEL CENTRO POBLADO DE MONGUETE, DISTRITO DE HUAURA, PROVINCIA DE HUAURA, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Proceso de Selección: PEC PROC-1-2018-CS/MDH-1
Monto: 104,832.00
Código Único de Inversión: 2423257
-         Se debe tomar en cuenta  en el presente Proceso la demasiada rapidez  con que se aprueba el Expediente Técnico y el Expediente de Contratación.
-         El plazo de Ejecución de la Obra es de 30 días, siendo imposible la Ejecución de la misma porque hay incoherencias en el párrafo de otras NORMAS PARA  LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS que el Contratista tiene Quince días en letras y 10 (diez) días en números que no se puede observar con claridad el tiempo o plazo para su instalación en la Obra.
-         Podemos observar que dentro del programa de Trabajos se establece lo mismo antes mencionado en letras  Quince días  y 07 días en Número. Motivo por el cual se observa  el plazo de Ejecución del Proyecto.
-         Se observa que no se ha respetado el límite inferior del Valor Referencial, ya que no cumple con el porcentaje establecido dentro de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado.
-         En el perfil de Ingenieros se solicita un Ingeniero Especialista de Seguridad que no tiene nada que ver con lo solicitado en el Expediente Técnico.
-          Del Comité Especial de Selección podemos observar que dentro de la Ley , Reglamento de la Ley de Contrataciones dispone que los integrantes del Comité deben estar integrados por personas con conocimientos en la Ejecución del Proyecto, salvo el personal Logístico; y los suplentes deben tener el mismo conocimiento u profesión, en este caso se debe mencionar que el Señor NIBARDO ROJAS SOLIS, que forma parte del Comité en su calidad de Suplente es Contador y no un ingeniero como lo es el Titular Andrés Jerónimo Tapia Enrique.
OBRA.EJECUCION DE OBRA DEL PIP DE EMERGENCIA REPARACION DE CANAL DE RIEGO EN EL SECTOR N° 01 ENTERE LAS PROGRESIVAS (0-000-0-142.63) DEL CENTRO POBLADO DE MONGUETE, DISTRITO DE HUAURA, PROVINCIA DE HUAURA, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Proceso de Selección: PEC PROC-2-2018-CS/MDH-1
Monto: 161,319.00 Soles
Código Único de Inversión: 2423013
-         Se debe tomar en cuenta  en el presente Proceso la demasiada rapidez  con que se aprueba el Expediente Técnico y el Expediente de Contratación.
-         El plazo de Ejecución de la Obra es de 30 días, siendo imposible la Ejecución de la misma porque hay incoherencias en el párrafo de otras NORMAS PARA  LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS que el Contratista tiene Quince días en letras y 10 (diez) días en números que no se puede observar con claridad el tiempo o plazo para su instalación en la Obra.
-         Podemos observar que dentro del programa de Trabajos se establece lo mismo antes mencionado en letras  Quince días  y 07 días en Número. Motivo por el cual se observa  el plazo de Ejecución del Proyecto.
-         Se observa que no se ha respetado el límite inferior del Valor Referencial, ya que no cumple con el porcentaje establecido dentro de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado.
-         En el perfil de Ingenieros se solicita un Ingeniero Especialista En Gestión de Riesgo que no tiene nada que ver con lo solicitado en el Expediente Técnico.
-          Del Comité Especial de Selección podemos observar que dentro de la Ley , Reglamento de la Ley de Contrataciones dispone que los integrantes del Comité deben estar integrados por personas con conocimientos en la Ejecución del Proyecto, salvo el personal Logístico; y los suplentes deben tener el mismo conocimiento u profesión, en este caso se debe mencionar que el Señor NIBARDO ROJAS SOLIS, que forma parte del Comité en su calidad de Suplente es Contador y no un ingeniero como lo es el Titular Andrés Jerónimo Tapia Enrique.
En caso de hacer caso omiso a esta queja, estoy obligado a recurrir a instancias superiores como son el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República; así como presentar la denuncia penal correspondiente por el delito de colusión.
Por lo expuesto a Ud. Señor Alcalde, esperando tener una respuesta satisfactoria, me despido de Ud.
Atentamente,

JACINTO EULOGIO ROMERO TRUJILLO
Alcalde Electo 2019.2022

Goleó 4 a 0 al Andahuaylas FC en Huacho.
VENUS LOGRÓ LA HAZAÑA Y CLASIFICÓ A OCTAVOS DE FINAL

Había mucha expectativa de lo que podía suceder en el Segundo Aranda Torres de Huacho, había sed de revancha por parte de los jugadores por las cosas que se hablaron luego de la derrota por 0 a 3 en Andahuaylas. La gente entendió que su aliento era importante y respondió al llamado, haciéndose sentir en las graderías, en busca de darle un apoyo moral a los suyos. Nunca los dejó solos.
Como un baldazo de agua fría cayó la suspensión de Andrés Lazón, el cual fue castigo con una fecha por un conato de bronca al final del encuentro de Ida, sumándose así a la ausencia de Ronaldo Tipián, por acumulación de tarjetas amarillas.
Por tal motivo el Venus formaba con Príncipe, Cañamero, Ramos, Gómez, Macahuasi, Sánchez, Cafferata, Herrera, Pilco y Farías. Dejaba solamente un hombre de contención y formaba un ’cuadrado’ en ofensiva, con la reaparición de Julio Cafferata desde el ’vamos’ y vaya que le dio buen resultado.
Cuando el Venus no encontraba el camino, apareció el ’Café’ a los 21' para escaparse por derecha, internarse en el área y provocar que su marcador le cometa un claro penal.
Al no estar Lazón, fue el defensor Erick ’Wicho’ Gómez para tomar el balón y marcar el primero con un remate rasante que batió la portería andahuaylina. El marcador se movía, pero con uno no le alcanzaba al equipo ’morado’. Tenía que ir por dos goles más para lograr su clasificación hacia Octavos de Final.
El primer tiempo acabaría con un tanto a favor del Venus, debido a que los jugadores habían fallado más de una ocasión, sobre todo Cafferata quien tuvo en sus pies el segundo, pero falló ante el arquero a los 37'. Ya había ’aroma de gol’.
El segundo tiempo comenzó con la misma tónica, un ataque-defensa, donde el Venus arrinconaba a su rival, aprovechando el aire a su favor, pero falta el puntillazo final, el mismo que apareció a través de su goleador, Joao Farías, sí el ’Paolo Guerrero de Collique’ apareció cuando Venus no encontraba por ningún lado el sendero de gol.
A los 53', un lateral es receptado por Andoni Herrera, quien logró girar hacia su izquierda y mandar un pase al corazón del área, y ahí estaba como ’9' Farías, para meter la cabeza y marcar el segundo.
Pero esto no quedaría ahí, a los 75' Cristofer Cañamero mandó un centro al área, el balón sobra a Farías y le choca a un defensor rival que no logra controlarla, y aprovechando ese error estuvo Joao para de arrastrón marcar el tercero. La celebración fue ’emotiva’, gritándolo con corazón y sacándose la camiseta en señal de que el Venus estaba vivo y se metía a la siguiente fase, a pesar que muy pocos creían en ellos. Pero aún faltaba más.
A falta de nueve minutos para el final, a los 81', Josimar Ossio se escapó por derecha y sacó el centro al área, Paolo Lolándes la dejó pasar y quedó para Farías quien chocó con el defensor y el arquero, pero el balón le quedó servido a Herrera, para que con un toque sutil logre marcar el cuarto gol, el de la tranquilidad, para así sellar la clasificación y voltear el marcador adverso del que tanto se les criticó.
Los últimos minutos se vivieron a mil, ya que un gol del Andahuaylas cambiaba las cosas y le daba la clasificación a la visita. La gente desde las tribunas pedía la hora al árbitro y que de el pitazo final, el cual llegó desatando la algarabía total, jugadores y cuerpo técnico se enfundaron en un abrazo que representa la unión que se vive en la interna del conjunto ’morado’.
Ahora viene en Octavos el FC. Rematozo de Apurímac, donde el Venus empezaría de local. El sueño sigue vigente y se rehusa a irse, así lo siente la hinchada huachana.



DICEN POR AHÍ…

MILITANTES DE PATRIA JOVEN SIN BRUJULA… Como es la vida en política, cuando estaba el ahora prófugo de la justicia sentenciado a 6 años de cárcel por un juez cañetano, Javier Alvarado, las cosas eran diferentes porque había liderazgo, orden y unión en Patria Joven… Ahora, es diferente porque los militantes de de ese partido están desesperados, sin brújula y todos caminas por su lado… Y, fíjense, no existe estrategia ni despierta entusiasmo el candidato a vice gobernador, que lo reemplazará en caso gane, el “chilenito” Rafael Konja, quien está en la luna de paita y según dicen las malas lenguas, habría buscado diezmo a cambio de chamba a conocidos empresarios, quienes habrían reunido más de 50 mil soles para la campaña electoral de la segunda vuelta… Además, un grupo de militantes está en desacuerdo y no quieren, que el vocero de esta agrupación sea Juan Valencia Campoverde, porque, según dicen, sigue siendo pecho frio y ayayero, tal como lo fue en la gestión de Javier Alvarado, porque como coordinador en ese tiempo estuvo más perdido que cuy en tómbola… Por ello, el grupo del “torito” no lo quiere al pecho frio de Valencia Campoverde, quien además es un duracell de primera línea.

OTRA METIDA DE PATA DE PATRIA JOVEN… Hay que decirle los errores a los asesores técnicos de Patria Joven que no atan ni desatan y no saben cómo levantar la imagen al candidato a vice gobernador, Rafael Konja, quien de ganar el “torito” sería el Gobernador y ahí se podría crear una crisis de gobierno… Pues, vemos un error garrafal en los avisos donde colocan una foto del chino Chui y Chavarría, de cuando Chui Mejía ganó la gobernación regional y aparece, Ricardo Chavarría, mostrando su caballerosidad, ya que en gesto positivo fue a felicitar a Chui por el triunfo obtenido en ese año… Ahora, esa foto la han colocado en las redes sociales como si esa imagen fuera actual… En verdad, podemos decir, que la gente no es caída del palto para tragarse el cuentazo que quieren hacer ver con esa foto… Señores de Patria Joven, hay que ser creativos con hechos transparentes y sinceros como deben ser sus actos.

A ALCALDE JOSÉ REYES LE TIEMBLAN LOS CACHETES… ¡Huy!... ¡Curuju!. Ahí nos dan el talanazo de que el alcalde del distrito de Santa María, José Reyes Silva, se halla con insomnio y no sabe cómo tapar los huecos de su gestión… Como se conoce, el burgomaestre electo, Juan Carlos García, lo estará investigando profundamente y de taquito, lo denunciará ante la Contraloría de la República y a la fiscalía, siempre y cuando existan evidencias claras de un delito.

MÁS PROTESTAS EN LA U HUACHANA… Que piñas están los denominados “cuellos sucios” del Frente Faustiniano, quienes luego de haber perdido las elecciones con la lideresa de “la cholita” Rosa Vásquez, ahora se les viene una avalancha de reclamos… En la víspera, un grupo de estudiantes de la escuela profesional de Economía y Finanzas protestaron en el frontis de la oficina del rector César Mazuelos, protestando porque hasta la fecha no les designan docentes de la esecialidad… De igual forma, se viene anunciando la huelga de los docentes universitarios y protestas por el despido de trabajadores y otros aspectos más, que serán un dolor de cabeza para el rector y para los “cuellos sucios”.



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